Plan renove vehículos Andalucía para profesionales autónomos

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El transporte es el sector de mayor consumo en Andalucía representando el 43,4 % del consumo total de energía final, con una dependencia de los derivados del petróleo que alcanza el 94,3 %. A esto se suma que más del 63 % del parque móvil andaluz supera los 10 años de antigüedad, con una edad media de 15 años. En este contexto, la renovación del parque de vehículos constituye una herramienta clave para avanzar en los objetivos de descarbonización fijados en la Estrategia Energética de Andalucía 2030, impulsando una movilidad más eficiente, segura y ambientalmente sostenible.

Por ello, la Junta va a poner en marcha el Plan Renove de Vehículos Andalucía, con un presupuesto de 5 millones de euros y dirigido específicamente a personas trabajadoras autónomas, con el fin de reducir el impacto ambiental asociado a actividades económicas intensivas en movilidad, al tiempo que se favorece la modernización y competitividad del tejido empresarial andaluz.

Gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía, concederá incentivos de 3.000 euros por vehículo, estableciéndose el pago anticipado del 100 % del importe en el momento de la concesión de la ayuda.
 

¿Qué se incentiva? 

  • Turismos (M1) y furgonetas (N1 con masa máxima de hasta 3.500 kg), con un precio máximo de 35.000 euros (IVA no incluido) matriculados por primera vez en España a nombre de la persona beneficiaria del incentivo, mediante adquisición directa, leasing financiero o «renting» (en este último caso, podrá estar matriculado a nombre de la empresa de «renting»).
  • El valor de emisiones del vehículo a incentivar debe ser igual o inferior a 120 g CO2/km.
  • No se incentivan vehículos eléctricos (ni enchufables ni de pila de combustible, ya que éstos se incluyen en el programa MOVES).
     

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener domicilio fiscal o disponer de un establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Estar dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Achatarrar un vehículo con ITV (Inspección Técnica de Vehículos) vigente, matriculado en España con una antigüedad de, al menos, 10 años.
  • La baja del vehículo que se achatarra y la adquisición del nuevo pueden haberse realizado desde el 1 de enero de 2026, no antes.
  • El beneficiario debe haber ostentado la titularidad de ambos, como mínimo, desde el día anterior a la publicación de la convocatoria de los incentivos.
     

¿Cómo solicitar las ayudas?

  • En primer lugar, es necesario revisar el cumplimiento de todos los requisitos que se establezcan, tanto en las bases reguladoras como en la convocatoria del programa.
  • La solicitud se realizará directamente por parte del beneficiario, sin intermediación de entidad colaboradora.
  • Accediendo con certificado digital a la plataforma telemática que habilitará la Agencia Andaluza de la Energía cuando se abra el programa, se rellenará el correspondiente formulario de solicitud. No será necesario aportar ninguna documentación, ya que la comprobación de los requisitos la realizará la Administración.
  • En el plazo de 1 mes desde la admisión a trámite del expediente, se notificará electrónicamente por parte de la Agencia la concesión de la ayuda, abonándose el incentivo en ese mismo momento.
  • Tras recibir el pago de la ayuda, es necesario aportar los documentos justificativos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria ante la Agencia Andaluza de la Energía en los plazos que se indiquen en la resolución de concesión. No cumplir o acreditar documentalmente en tiempo y forma los requisitos supone el reintegro de la ayuda.