Obligaciones de publicidad para beneficiarios del Programa Incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas

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Conforme al Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, por el que se adscribe la Agencia Andaluza de la Energía a la nueva Consejería de Política Industrial y Energía, se ha llevado a cabo una actualización de las obligaciones de publicidad para personas o entidades beneficiarias del Programa de Incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas.

Toda referencia a una actuación incentivada a través del Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía en Andalucía  en publicaciones, actividades de difusión, páginas web y, en general, en cualesquiera medio de difusión, debe incorporar la referencia o imagen del Programa, conforme a las indicaciones de publicidad especificados en el art. 25 del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como en el apartado decimoctavo, publicidad de los incentivos, de la Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía en Andalucía acogidos al Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre.

Así mismo, la aceptación de la ayuda por los beneficiarios y destinatarios últimos implica también la aceptación de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, relativos a las actividades de comunicación, información y publicidad que deben llevar a cabo los estados miembros en relación con los Fondos Europeo.

A este respecto, deberán hacer una referencia expresa, garantizando su visibilidad, a que la actuación ha sido subvencionada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dentro del Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía. De igual modo, siempre deberá mencionarse la financiación por la Unión Europea con fondos – NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

MEDIDAS DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD PARA ACTUACIONES COFINANCIADAS POR LA UNIÓN EUROPEA CON FONDOS “NEXTGENERATIONEU”

Los beneficiarios de ayudas deberán cumplir las siguientes medidas de comunicación, información y publicidad relativas a la actuación incentivada (operación):

  • Durante la realización de una operación, los beneficiarios de ayudas deberán colocar, al comienzo de la operación, un cartel temporal resistente, de un tamaño mínimo A3, en un lugar bien visible para el público, con información sobre el proyecto, en el que se mencionará la financiación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico e IDAE y de la Junta de Andalucía, según el modelo establecido. (Descarga modelo de cartel)
  • Para el caso de actuaciones en edificios e infraestructuras públicas, se sugiere un tamaño superior a A3, como por ejemplo A1 ó A2, siempre y cuando se cumpla con la normativa local. (Descarga modelo de cartel)
  • En un plazo de tres meses, a partir de la conclusión de la operación, el receptor de la financiación colocará, en un lugar bien visible para el público, un cartel o placa permanente de un tamaño mínimo A3, por un periodo, al menos, de 4 años, donde se indicará el nombre y el objetivo principal de la operación y se mencionará la financiación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico e IDAE y de la Junta de Andalucía, según el modelo establecido. (Descarga modelo de cartel)
  • Adicionalmente, conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1124/2021, para todas las actuaciones, excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local, se deberán contar con un sistema de monitorización de la energía térmica producida por la instalación objeto de subvención. Las funcionalidades de este sistema serán las siguientes:
    • Este sistema deberá mostrar como mínimo la energía producida por la instalación renovable en términos diario, mensual y/o anual.
    • Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado para el propietario de la instalación.
    • Deberá instalarse una pantalla y colocarla en un lugar visible para el público, que muestre los datos de forma actualizada, tanto para las instalaciones de potencia superior a 70 kW o superiores a 14 kW para la tecnología solar térmica, y para las inferiores a dichas potencias. Se tendrá acceso a los datos a través de alguno de los equipos de la instalación renovable.
    • Adicionalmente, esta información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil o aplicación web.
  • En el caso de Instalaciones superiores a 100 kW de potencia nominal de producción, conforme a lo dispuesto en el Anexo AII.1 del Real Decreto 1124/2021, se aportará un plan estratégico que indique el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes de la instalación y su impacto medioambiental, incluyendo el almacenamiento, los criterios de calidad o durabilidad utilizados para seleccionar los distintos componentes, la interoperabilidad de la instalación o su potencial para ofrecer servicios al sistema, así como el efecto tractor sobre PYMES y autónomos que se espera que tenga el proyecto. Podrá incluir, además, estimaciones de su impacto sobre el empleo local y sobre la cadena de valor industrial local, regional y nacional. Este documento será publicado por la autoridad convocante de las ayudas y deberá ser accesible desde las publicaciones o páginas web del destinatario último o inversor directo. Dicho plan también deberá incorporar las correspondientes referencias a la financiación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico e IDAE y de la Junta de Andalucía, según el modelo establecido. (Descarga ejemplo de documento)
  • Así mismo, todos los beneficiarios deberán incluir en su web corporativa, en caso de disponer de ella, y en sus cuentas en los medios sociales, una breve descripción de la operación con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico e IDAE  y de la Junta de Andalucía, según el siguiente texto tipo:

"(Beneficiario) ha recibido una ayuda de la Unión Europea con cargo al Fondo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, para (denominación de la actuación/proyecto) dentro del Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por medio del IDAE, gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía.”

 

Además, junto al texto es recomendable la inclusión de los logos referentes al Programa según el siguiente ejemplo:

 

  • Los organismos y entidades públicas beneficiarios de incentivos que están sujetos a la Ley de contratación pública deben llevar la publicidad de la cofinanciación de la Unión Europea en toda la documentación del expediente de contratación referido a la actuación incentivada (convocatorias de ayudas; formularios de solicitudes de ayudas; notificaciones de concesión; anuncios de licitación; pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; contratos administrativos; trabajos presentados por el contratista como estudios, informes, encuestas; convenios de colaboración; otros).

En este sentido, deben incluir, tanto en su encabezamiento como en su desarrollo la siguiente referencia: “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Junta de Andalucía”. (Descarga ejemplo de documento)

 

  • En el caso de realizar jornadas o eventos se deberá incluir la siguiente Cláusula de Exención de  Responsabilidad

«Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas».

Todos los destinatarios de las ayudas deberán proporcionar al órgano instructor de las ayudas, quien a su vez facilitará al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la información necesaria para su inclusión en la lista pública de operaciones que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.

Si requiere algún logotipo, solicítelo a través de la aplicación RESUELVE TUS DUDAS, seleccionando el aplicativo: “Instalaciones de energías renovables térmicas”.

En caso de solicitar el incentivo a través de una entidad adherida, también puede solicitárselo a dicha entidad, por tener ésta la obligación de adecuar todas las medidas de difusión o publicidad que lleven a cabo en relación con las actuaciones incentivadas en aquellos expedientes en los que intervengan en representación de las personas o entidades beneficiarias, debiendo cumplir con las disposiciones en materia de publicidad establecidas en la Resolución de 16 de marzo de 2022.

Versión marzo 2024.