A partir del 12 de noviembre se abre el plazo para presentar solicitudes al Programa 2 "Sector empresarial y cadena agroalimentaria" acogido a la Orden de 24 de abril de 2025, (INEA).
Conforme a la Resolución de 27 de octubre de 2025 de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de los incentivos del Programa 2 "Sector empresarial y cadena agroalimentaria" de INEA, se pone a disposición del sector empresarial andaluz esta línea de incentivos cuya finalidad es reforzar el desempeño energético y huella ambiental de los edificios, procesos o instalaciones de las empresas andaluzas, a través del aprovechamiento de los recursos naturales para la generación energética y de la mejora de la eficiencia energética.
Con un presupuesto de 44,65 millones de euros, cofinanciados con FEDER 21-27, el programa está dirigido fundamentalmente a micropymes, pequeñas y medianas empresas y autónomos, con especial foco en la cadena agroalimentaria, y viene a complementar el programa "Cadenas de valor industrial" de INCEA, enfocado específicamente al sector industrial.
Qué se incentiva:
Tipología de actuaciones que se incentivan:
- Eficiencia energética en edificios: actuaciones que mejoren la eficiencia energética de edificios no residenciales, con ayudas para mejorar la envolvente térmica de los edificios y sus instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación, siempre que mejoren la calificación energética del edificio y se reduzca en, al menos, un 20% el consumo de energía primaria no renovable.
 
Esta tipología de actuación no puede ser solicitada por grandes empresas.
- Energías renovables en edificios: actuaciones que contribuyan al incremento del uso de energías renovables en edificios no residenciales, con la incorporación de instalaciones y equipos nuevos de energía solar térmica, biomasa, biolíquidos, biogás, biometano y otros gases renovables que provengan de la biomasa, así como aerotermia, hidrotermia y geotermia que satisfagan el consumo de energía térmica, y las instalaciones renovables de autoconsumo eléctrico, fotovoltaico o eólico, con o sin almacenamiento.
 - Eficiencia energética en los procesos e instalaciones:renovación de equipos y tecnologías por otras de una mayor eficiencia, la mejora del diseño de procesos (incluyendo el transporte interno de materias primas y productos, equipos e instalaciones para facilitar la recuperación de calor para producción de energía térmica y/o eléctrica), o la implementación o mejora de sistemas de gestión energética. Estas acciones deben ir encaminadas a reducir el consumo de energía primaria de los procesos sobre los que se realice la actuación subvencionada en, al menos, un 10%, para ser susceptibles de incentivo.
 - Energías renovables en los procesos e instalaciones: incorporación de instalaciones y equipos nuevos que usen energía solar térmica, biomasa, biolíquidos, biogás, biometano y otros gases renovables que provengan de la biomasa, así como aerotermia, hidrotermia y geotermia que satisfagan el consumo de energía térmica, y las instalaciones renovables de autoconsumo eléctrico, fotovoltaico o eólico, con o sin almacenamiento. Las actuaciones deben suministrar energía necesariamente para su consumo en los procesos, así como, opcionalmente, también para el consumo de energía de los edificios donde se desarrollen éstos.
 
Quién se puede beneficiar:
- Las personas físicas, jurídicas, y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE).
 - Comunidades de energía renovable o comunidades ciudadanas de energía cuyos miembros realicen actividad económica por la que se ofrecen bienes o servicios en el mercado.
 - Comunidades de propietarios que realicen actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
 
Todas las actividades económicas de los posibles beneficiarios deben de estar enmarcadas en cualquier sector encuadrado en los códigos CNAE 2009 y 2025, excepto los ya incluidos como beneficiarios del programa Cadenas de valor industrial de INCEA, así como los asociados a las cadenas de valor mineras (que serán beneficiarios del programa Minería sostenible de INCEA). Dichos cenaes excluidos están recogidos en el Anexo III de la convocatoria.
Cómo solicitar un incentivo:
El plazo de presentación de solicitudes comienza a las 9:00 horas del día 12 de noviembre de 2025, permaneciendo abierto hasta el 30 de septiembre de 2027, o hasta el agotamiento de los fondos.
Si desea conocer los incentivos disponibles y cómo solicitarlos, puede hacerlo desde aquí:
Cómo resuelvo mis dudas:
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