Con fecha 15 de julio de 2025, se abre el plazo a las 9:00 h para formalizar solicitudes bajo el Programa de Incentivos para el impulso a la Movilidad Eléctrica (NUEVO MOVES III 2025), conforme a la Resolución de 30 de junio de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para el año 2025 los incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en Andalucía acogidos al Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril.
La Agencia Andaluza de la Energía ofrece incentivos para la adquisición directa de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos a través del Programa NUEVO MOVES III 2025. Estos sistemas de recarga pueden ser tanto de acceso público como de uso privado. Para ello debes dirigirte a una empresa adherida, que te informará de todos los requisitos y de la documentación necesaria para ser beneficiario del incentivo. Accede al Registro de Empresas Adheridas para localizar las empresas que participan en el programa.
En el caso de comunidades de propietarios también se contempla la dotación de las canalizaciones necesarias para disponer la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para facilitar la recarga inteligente eléctrica vinculada de vehículos eléctricos.
Requisitos para ser persona o entidad beneficiaria
- Tener domicilio fiscal en España.
- Tener la localización de la residencia habitual (ciudadanos) o centro de actividad (autónomos y empresas) dentro de la comunidad andaluza.
Importe de incentivo en NUEVO MOVES III 2025
En el caso de instalaciones de recarga, se establecen los siguientes porcentajes fijos:
Tipo de beneficiario | INCENTIVO | |
Localización general | Municipios <5.000 hab. | |
Particulares, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado | 70% | 80% |
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público con potencia ≥50kW | 20%
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Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado (cualquier potencia) o de acceso público con potencia <50kW | 20%
| 20%
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Pymes que se acojan al Reglamento de minimis al realizar la solicitud, recarga acceso público con potencia ≥50kW | 45% mediana empresa
| 50% mediana empresa
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