Justificación de las inversiones o gastos incentivados

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La justificación de las inversiones o gastos incentivados se realizará siempre por la empresa colaboradora, aportando ante la Agencia Andaluza de la Energía los documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por el beneficiario/a, debiendo comprender el coste incentivable total.

¿Cuándo debo aportar la documentación de justificación de las solicitudes de incentivos?

  • Para actuaciones con inversión inferior a 18.000 € (IVA excluido), la justificación se presentará junto con la solicitud de incentivo.
  • Para actuaciones con inversión igual o mayor a 18.000 € (IVA excluido), la justificación se llevará a cabo en el plazo máximo de justificación establecido en la resolución de concesión.

¿Cómo debo aportar la documentación de justificación de las solicitudes de incentivos?

La justificación de las inversiones o gastos incentivados se realizará aportando:

1. FACTURA O DOCUMENTO SUSTITUTIVO, JUNTO CON SU ANEXO TÉCNICO: Los gastos se acreditarán mediante factura o documento sustitutivo expedido por la empresa colaboradora.

2. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA: Además de aportar la factura, se deberá acreditar el pago de dicha factura según lo dispuesto en la Instrucción 1/2013 de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación. Para más información, consulte la Nota informativa sobre cómo evitar incidencias en el Anexo III y justificantes de pago 20/06/2014. Para casos no descritos en la Instrucción 1/2013: Consulte la documentación para casos no descritos en la Instrucción 1/2013.

Para actuaciones con importe de la inversión igual o mayor a 18.000 € (IVA excluido), la justificación conllevará la aportación de la siguiente DOCUMENTACION ADICIONAL:

  • En el caso de que el importe contratado con un proveedor supere la cuantía de 50.000 € (IVA excluido) en el coste por ejecución de obra, o de 18.000 € (IVA excluido) en el caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicio por empresas de consultoría o asistencia técnica, se deberán aportar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la aceptación del servicio o la entrega del bien. La oferta elegida deberá corresponderse con la actuación justificada, ser la de menor importe y pertenecer a la empresa colaboradora que ha realizado la actuación.
  • La licencia urbanística municipal, en los casos en que sea preceptiva o, en su caso, la comunicación previa de la correspondiente actuación.
  • Guía sobre el uso de la aplicación para cumplimentar, presentar y subsanar solicitudes de incentivos
  • Guía resumen de los requisitos para los justificantes de pago