Los aparatos que consumen electricidad solamente utilizan la denominada energía activa (bombillas, resistencias eléctricas, etc) para dar servicio. Sin embargo, los motores eléctricos, transformadores, etc., al mismo tiempo que absorben la energía activa devuelven a la red energía reactiva, produciendo sobrecargas en líneas incurriendo en pérdidas eléctricas y en una disminución de la eficiencia de los equipos conectas a ellas.
Por este motivo, aquellos suministros generadores de energía reactiva por encima de ciertos umbrales son penalizados en su factura eléctrica.
Una de las mejoras incluidas en el contrato centralizado de los suministros eléctricos de baja tensión adheridos a la Red de Energía de la Junta de Andalucía fue el suministro e instalación de 171 baterías de condensadores en sendos suministros eléctricos, con objeto de evitar los recargos económico en la factura eléctrica derivados de la producción de energía reactiva, reduciendo al mismo tiempo distorsiones y pérdidas en las redes eléctricas.
Los recargos por reactiva, están establecidos en la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, concretamente en el anexo I, se indican los siguientes recargos:
Cos Φ | €/kVArh |
Cos Φ < 0,95 y hasta cos Φ = 0,80 | 0,041554 |
Cos Φ < 0,80 | 0,062332 |
La inversión de las 171 baterías ha sido de más de 500.000 € IVA incluido. El ahorro económico anual es cercano a los 300.000 €, por lo que el periodo de amortización de esta actuación está próximo al año y medio, configurándose como una de las actuaciones más eficaces para reducir la factura energética de la Junta de Andalucía.