
La justificación del incentivo se realizará y presentará a través de la aplicación telemática y se realizará por parte de la entidad colaboradora, cuando actúe en representación del beneficiario, o por parte del beneficiario, cuando no actúe una entidad colaboradora en su representación.
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de 6 meses, a contar desde la finalización del plazo máximo de ejecución establecido en la resolución de concesión.
A excepción de:
Actuaciones de la categoría C (Servicios Energéticos), cuyo plazo máximo para justificar será de 6 meses, a contar desde la finalización del primer año de vigencia del contrato de servicios energéticos.
Arrendamiento financiero, cuyo plazo será el establecido en la resolución de concesión, siempre dentro de los plazos de subvencionalidad del periodo FEDER 2014 – 2020.
Transcurrido el plazo establecido de justificación, sin haberse presentado la misma, se requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles sea presentada. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la pérdida de derecho al cobro y demás responsabilidades establecidas. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido en este apartado no eximirá al beneficiario de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan.
La realización de los pagos de las actuaciones incentivadas se ajustará a lo dispuesto en la Instrucción 1/2013, de 20 de marzo de 2013, de la Dirección General de Fondos Europeos y Planificación de la Junta de Andalucía, modificada por la Instrucción 1/2015, de 25 de septiembre de 2015, por la que se establecen los requisitos aplicables al pago de gastos cofinanciados con fondos europeos y las que se dicten en esta materia, o en aquella que la sustituya.
La documentación de justificación de las actuaciones incentivadas debe permitir vincular de forma indubitada el incentivo concedido y la actuación desarrollada, a través de una adecuada identificación de los documentos, fechas, descripción y desglose de conceptos que figuren en los mismos, con independencia del tipo de justificación que le aplique.
No se exigirá la presentación de documentos originales.
Toda la documentación se aportará mediante copia digitalizada en la aplicación telemática.