Colaborador social

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Desde el 31 de diciembre de 2023 se encuentra cerrado el plazo de presentación de solicitudes para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, conforme al Real Decreto 1126/2021, de 21 de diciembre.

Para facilitar la tramitación del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, la Agencia Andaluza de la Energía establece para las personas o entidades beneficiaras la posibilidad de tramitar sus incentivos a través de los Colaboradores Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 bis del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía aprobado por Decreto-legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

La relación de colaboradores sociales autorizados puede consultarse en este enlace.

¿Quién puede ser Colaborador social?

  • Instituciones y organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales, incluyendo las organizaciones corporativas de las profesiones oficiales colegiadas.
  • Personas o entidades que realicen actividades económicas, cuando su localización geográfica o red comercial pueda ayudar a la consecución de los fines perseguidos por la actividad de fomento de la Administración.

Las personas o entidades interesadas en actuar como colaboradores sociales podrán presentar su solicitud de forma electrónica a partir del 30 de junio de 2021, plazo que permanecerá abierto durante todo el periodo de vigencia del programa. Acceda a la Guía de ayuda sobre ¿Cómo solicitar la colaboración social en tres pasos?

Una vez aceptada la misma por parte de la Agencia Andaluza de la Energía, se formalizará el correspondiente convenio de colaboración, que habilitará a los colaboradores sociales a realizar las siguientes actuaciones:

  • Asistencia en el cumplimiento de requisitos de concesión de los incentivos, la correcta cumplimentación de solicitudes y aportación de la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión del incentivo.
  • Presentación y remisión por vía electrónica de solicitudes, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia en la gestión o justificación del incentivo o de la subsanación de defectos, previa autorización de las personas o entidades beneficiarias del incentivo.
  • Presentación de solicitudes de información por vía electrónica del estado de tramitación de las solicitudes de incentivo, previa autorización de las personas o entidades beneficiarias del incentivo.
  • La realización de estudios o informes relacionados con la elaboración y aplicación de disposiciones generales y con la gestión y justificación de los incentivos concedidos.
  • Campañas de información y difusión.
  • Para publicitarse como colanborador social, consulte las condiciones indicadas en la guía de publicidad de colaboradores sociales.

Cómo resuelvo mis dudas

Accediendo a Resuelve tus dudas y seleccionando el tema de consulta: Eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.  Accede al manual de uso de este soporte de ayuda aquí.