Obligaciones de publicidad para beneficiarios del Programa PREE en Andalucía
Conforme al Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, por el que se adscribe la Agencia Andaluza de la Energía a la nueva Consejería de Política Industrial y Energía, se ha llevado a cabo una actualización de las obligaciones de publicidad para personas o entidades beneficiarias del Programa de ayudas para actuaciones de Rehabilitación Energética en Edificios Existentes (PREE).
Los beneficiarios, para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad del Programa Operativo Pluriregional de España 2014-2020, deberán incluir la información o publicidad sobre el incentivo concedido por la Agencia Andaluza de la Energía y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), conforme a las indicaciones de publicidad que se indican a continuación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 sobre publicidad de las bases reguladoras del Programa PREE (Real Decreto 737/2020 del 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de Rehabilitación Energética en Edificios Existentes (PREE)).
Deberán colocar y mantener un cartel de carácter permanente en un lugar bien visible para el público, por ejemplo, la entrada de un edificio, de un tamaño mínimo A3, desde el inicio del proyecto o actuación objeto de cofinanciación. En dicho cartel/placa constará claramente el título del proyecto y la denominación e imagen del Programa, debiendo hacer referencia a la ayuda económica otorgada por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la Agencia Andaluza de la Energía y, en su caso, de la Unión Europea, incluyendo el logo de la UE y el lema «Una manera de hacer Europa», conforme a las siguientes Indicaciones para cartel/placa publicitaria. Se facilita Modelo de cartel/placa publicitaria editable para su impresión no profesional y Modelo de cartel/ placa publicitario para imprenta.
En el caso de que la actuación de la subvención consista en una infraestructura o trabajo de construcción y la subvención sea superior a 500.000 euros, el beneficiario deberá colocar un cartel, tamaño mínimo A2, en el enclave de las operaciones (según indicaciones anexas) durante la ejecución de la actuación. Una vez finalizada la ejecución de la actuación subvencionada, este cartel deberá ser sustituido por la anteriormente referida placa en un plazo máximo de 3 meses.
Opcionalmente, para obras que requieran la instalación de andamios exteriores, se podrá complementar la información referente a la ayuda del Fondo Europeo, con la instalación de un cartel o lona, de carácter temporal, fijado en el andamio o instalación que recubra la fachada del edificio mientras dure la obra, y en todo caso conforme a lo dispuesto y de acuerdo a las ordenanzas municipales correspondientes. El cartel deberá tener un tamaño suficiente para que sea perfectamente visible y legible e incluir claramente el título del proyecto y la denominación e imagen del Programa y mencionar la ayuda económica otorgada por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la Agencia Andaluza de la Energía y, en su caso, de la Unión Europea, incluyendo el emblema de la UE y el lema «Una manera de hacer Europa». Ejemplos de cartel de andamio y lona.
Tanto el cartel como la lona pueden ser compatibles con patrocinios publicitarios, pero un porcentaje importante del mismo se debe de dedicar a la información sobre la ayuda del Fondo Europeo, y ocupar el lugar más visible y legible para el público.
Así mismo, todos los beneficiarios deberán incluir, en el caso de disponer de una web corporativa, una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.
Además, el beneficiario deberá proporcionar a la Agencia Andaluza de la Energía y el IDAE la información necesaria para su inclusión en la lista pública de operaciones que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.
Los organismos y entidades públicas beneficiarios de incentivos gestionados a través de la Agencia Andaluza de la Energía que están sujetos a la ley de contratación pública deben llevar la publicidad de Fondos FEDER en toda la documentación del expediente de contratación referido a la actuación incentivada (convocatorias de ayudas; formularios de solicitudes de ayudas; notificaciones de concesión; anuncios de licitación; pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; contratos administrativos; trabajos presentados por el contratista, como estudios, informes, encuestas, otros; convenios de colaboración).
En este sentido, deben colocar en la portada de dichos documentos los logos según el ejemplo que se muestra: en la parte superior el logo del organismo beneficiario y en la parte inferior los logos referentes a la Agencia Andaluza de la Energía, al IDAE y a los Fondos FEDER como cofinanciadores. En el resto de páginas, deberá aparecer, en el margen superior derecho, el logo de FEDER y, en el izquierdo, el del beneficiario, en tamaños similares (ejemplo de documentos).
Para realizar consultas relativas a la aplicación y uso de las medidas de publicidad descritas accede a Resuelve tus dudas, seleccionando el tema: Rehabilitación energética de edificios (PREE). En el siguiente enlace puedes acceder al manual de uso del aplicativo de consultas.
Versión octubre 2022.