Agencía Andaluza de la Energía

Construcción de alta calificación energética

Ciudad de la Justicia. MálagaSegún la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010, establece que para finales de 2020 todos los Estados Miembros deberán garantizar que los edificios construidos sean "altamente eficientes energéticamente" y cubran gran parte de sus requerimientos energéticos con energías renovables, incluyendo la producción local e incluso la producida in situ.

De esta manera, se pretende que los edificios sigan un proceso de construcción más limpio, sin materiales tóxicos ni contaminantes, con reducción en la producción de residuos, y que incluyan elementos que aseguren un mejor aprovechamiento de los recursos, fundamentalmente energía y agua.

Las subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía facilitan la construcción de edificios de alta calificación energética, y especialmente los de «cero emisiones».

Se subvenciona el extracoste en materiales, equipos, instalaciones y sistemas necesarios para pasar del cumplimiento de las exigencias de eficiencia energética HE-1, HE-2 y HE-3 del Código Técnico de la Edificación a la calificación energética A o B del edificio.

También se subvenciona el coste de ingeniería necesaria para calificar energéticamente el edificio.

La reducción de la facturación energética a lo largo de toda la vida del edificio y la subvención permiten compensar los mayores costes de construcción de este tipo de edificios.

Los pasos a seguir para beneficiarse de estas ayudas son los siguientes:

  1. Elegida la instalación, se presenta la solicitud de subvención a través de la aplicación on line. Una vez identificado el beneficiario, seleccionar el tipo de instalación, mediante unos sencillos pasos se puede tramitar la subvención.

  2. Recibir la Resolución de concesión. Comprobar en ella, el importe de la subvención concedida y los plazos de ejecución y justificación.

  3. Ejecutar las inversiones subvencionadas dentro del plazo establecido en la Resolución.

  4. Justificar la inversión realizada (y pagada) dentro del plazo establecido. Inmediatamente después (dos meses como máximo) se recibirá el importe concedido. 

Las administraciones locales pueden realizar dichas mejoras energéticas mediante la contratación de empresas de servicios energéticos. Estas empresas acometerán las inversiones a realizar, cobrándose del ahorro generado por las mismas. Además, estas empresas pueden recibir subvenciones que repercutirían directamente en las administraciones locales.